Colegio de Enfermería de Cantabria
Asesoría Fiscal
Seguro R. Civil

Se ha suscrito la póliza de responsabilidad civil con la compañía MAPFRE, que cuenta con un gran prestigio y gran solidez en el mercado del aseguramiento, esta nueva póliza ha mejorado los limites por siniestros y global, así como la prestación por inhabilitación profesional, e incluye, como principal novedad- a propuesta de varios Colegios provinciales – la cobertura de defensa jurídica frente aagresiones que los colegiados puedan sufrir en el ejercicio profesional, entre ellos el de CANTABRIA; YA QUE NOSOTROS LO TENIAMOS EN UN SEGURO APARTE. De este modo, las principales características de la nueva póliza son las siguientes:


 -Riesgo cubierto: responsabilidad civil profesional de los colegiados en el desarrollo propio de su actividad profesional o especialidad sanitaria, tal y como se regula en la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, incluyendo la actividad docente, terapias alternativas y “piercing.


-Sumas aseguradas y coberturas:


            -Máximo de indemnización por siniestro: 3.000.000.-€


            -Limite por anualidad: 20.000.000.-€


-Plazo de un año renovable si no media preaviso.


-Inhabilitación profesional: Indemnización máxima de 1350.- € mensuales, durante un máximo de 15 meses.


-Asistencia legal frente a agresiones.


-contrademanda frente a acusaciones desestimadas por resolución judicial firme que acredite la existencia de mala fé ó temeridad por parte del demandante.



TODO AQUEL COLEGIADO QUE DESEE UNA COPIA DE LA POLIZA EN SU TOTALIDAD PUEDE SOLICITARLA EN LA SECRETARIA DELCOLEGIO



    Mediante este seguro, la Organización Colegial y los Colegios Provinciales de Enfermería respaldan a los colegiados ante las posibles reclamaciones que se les formulen por responsabilidad civil profesional. Igualmente se pone a disposición de los colegiados implicados en siniestros amparados por la presente póliza por el riesgo profesional, la posibilidad de "Contra demanda/ Reclamación a Contrarios" como consecuencia de una reclamación desestimada íntegramente por resolución judicial firme que acredite la existencia de mala fe o temeridad por parte del reclamante.


    Normas a seguir en caso de citación judicial o extrajudicial


Cuando se produzca cualquier incidente que pueda implicar Responsabilidad Civil, el Colegio ó en su caso el Colegiado deberá seguirlos siguientes pasos:

  1. El colegiado deberá comunicar inmediatamente a su colegio provincial la reclamación de que haya sido objeto, bien judicial (demanda, querella o denuncia) o extrajudicial. La comunicación extemporánea de dicha reclamación por el colegiado podrá suponer la no cobertura del siniestro por la póliza.
  2. El colegiado cumplimentará en su colegio provincial el Formulario de Comunicación de Siniestro de Responsabilidad Civil o Penal establecido al efecto, para que este sea remitido al Consejo General de Enfermería. Es necesario cumplimentar todos los datos solicitados. En cualquier caso son datos imprescindiblesdel colegiado afectado el nombre y dos apellidos, la dirección y teléfono de contacto.
  3. Si el colegiado no pudiera contactar con su colegio comunicará el hecho directamente a la Asesoría Jurídica del Consejo General: C/ Fuente del Rey nº 28023 - Madrid. Tfnos: 91 334 55 20 y 91 334 55 03. Un letrado le infromará seguidamente de la forma de actuar y cobertura del seguro. De no actuar de la forma indicada por el Consejo General, éste no asumirá ninguna responsabilidad, y el perjudicado será sola y exclusivamente el colegiado.
  4. Independientemente de las actuaciones antes dichas, no deberá declarar nunca sin abogado, ni firmar nada.
  5. De acuerdo con lo establecido en la póliza de responsabilidad civil, para la efectividad de la cobertura prevista será imprenscindible acreditar que el profesional afectado se encuentra colegiado en su correspondiente Colegio Profesional y al corriente de sus cuotas.
    Teléfonos de contacto en el Colegio de Cantabria:

942 31 97 20
696 43 36 25






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