El BOE publica los requisitos para las unidades docentes de Enfermería en Atención Familiar y Comunitaria

  • 28/05/13
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El Gobierno ha dado un primer paso en la implantación de la especialidad de Enfermería Familiar y Comunitaria (EFYC) al publicar el pasado sábado 18 de mayo en el BOE la Orden que establece los requisitos necesarios para la acreditación de Unidades Docentes Multiprofesionales (UDM) para la formación de estos especialistas.

El Gobierno ha dado un primer paso en la implantación de la especialidad de Enfermería Familiar y Comunitaria (EFYC) al publicar el pasado sábado 18 de mayo en el BOE la Orden que establece los requisitos necesarios para la acreditación de Unidades Docentes Multiprofesionales (UDM) para la formación de estos especialistas.

El texto señala que los equipos deben de estar compuestos por, al menos, un enfermero especialista EFYC (al ser de nueva creación la especialidad, se establece una dispensa de dos años), cuatro de cuidados generales, así como cuatro médicos EMYC. También se valorará el que el centro cuente con matronas, especialistas en Enfermería Pediátrica, Médicos pediatras y otros profesionales sanitarios como odontólogos, fisioterapeutas, etc.

Los centros contarán con tutores que se responsabilizarán de un máximo de cinco residentes, a los que se les exigirá estar en servicio activo, con experiencia acreditada y continuada en los últimos cinco años en el ámbito profesional de la EFYC. Además, deberán demostrar que han participado, por lo menos, en un proyecto de investigación y/o comunicación científica específicos de EFYC en los últimos cinco años.
 

Requisitos para los centros

A la hora de acreditar una UDM se contemplarán también aspectos como el promedio diario de consultas, que en el caso de las enfermeras deben estar entre 10 y 20, de las cuales el 40 por ciento o más deben ser programadas y el 10 por ciento domiciliarias. Para los médicos de familia se fijan entre 20 y 40 (el 20 por ciento de las consultas programadas y un 1 por ciento de tipo domiciliario). También en el ámbito de las consultas se tiene en cuenta su efectividad, siendo imprescindible que el número de casos resueltos sin derivaciones sea superior al 70 por ciento.

La orden establece como requisito necesario para las unidades, el contar con unos dispositivos hospitalarios que deberán tener al menos dos años de antigüedad, además de contar con un director gerente y unas normas internas; actividades asistenciales, docentes y de investigación; protocolos, guías de actuación y guías de práctica clínica adoptados y aplicados por el equipo pluridisciplinar, periódicamente actualizados, revisados y aprobados; un colaborador docente para cada una de las especialidades de la UDM y un programa de garantía y mejora de la calidad.

Además, será necesario que cuenten con un mínimo de entre 90 y 150 camas, así como que se realicen entre 10-20 ingresos y se atiendas al menos 70 personas en Urgencias cada día.

Por último, se ha establecido que se podrá contar con un máximo de dos residentes por especialidad en servicios de Atención Primaria, número que asciende a entre 4 y 8 para los dispositivos hospitalarios en función de las características del centro.